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La transferencia de Tráfico a Navarra, más cerca: primera reunión oficial para modificar la LORAFNA

Este martes se reúne en Pamplona la comisión negociadora Navarra-Estado para reformar la LORAFNA e incluir Tráfico entre las competencias exclusivas de la Comunidad foral

La primera llamada del día con Félix Taberna, vicepresidente del Gobierno de Navarra

La primera llamada del día con Félix Taberna, vicepresidente del Gobierno de Navarra

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Este martes, en el Palacio de Navarra, en Pamplona, se va a celebrar la primera reunión oficial de la comisión negociadora Navarra-Estado para la reforma de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (Lorafna). En ella va a participar el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres. El vicepresidente del Gobierno de Navarra y consejero de Presidencia e Igualdad, Félix Taberna, ha expresado en la primera llamada del día que están "dando ahora los pasos de la reforma del amejoramiento para hacer viable, para que sea una realidad, que la Policía Foral asuma las competencias de vigilancia y de control de vehículos a motor".

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Taberna confía en que se pueda pactar la reforma cuanto antes: "Esta es una reunión bilateral dentro de nuestro sistema foral y esperamos que por la tarde podamos llegar a un acuerdo final o aproximarnos ya a la cuestión. Ya lo hemos indicado, esta es una reforma expréss, una reforma que entendemos que es rápida. En el Parlamento hay otras reflexiones sobre la necesidad de una reforma más profunda que, en última instancia será el Gobierno de Navarra el que tome la iniciativa".

Sentencia del Supremo

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 252/2023, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor y su acuerdo complementario, al estimar un recurso de la asociación Justicia Guardia Civil (JUCIL). Los magistrados concluyen que no cabe emplear un Real Decreto de traspaso para atribuir una competencia no reconocida a Navarra en la LORAFNA (Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra) ni amparada en su Derecho histórico. Añade el tribunal que esas competencias podrán asumirse por Navarra, “pero, o bien reformando la LORAFNA, o bien mediante una ley orgánica del artículo 150.2 de la Constitución”.

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